Administrativo

  • Corte declara inconstitucional las expresiones que limitaban el fuero de paternidad únicamente a los eventos en que la mujer gestante o lactante carece de empleo formal y reconoce el fuero sin restricción. 

  • La Corte declaró inexequibles dos expresiones contenidas en el estatuto de notariado por desconocer el principio de igualdad al incurrir en la prohibición de discriminación de grupos en razón de su estado físico o mental.

  •  Texto definitivo plenaria Cámara al Proyecto de Ley N. 459 de 2024 Cámara – 051 de 2023 Senado «Por la cual se expide el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social».

  • Para acreditar la exención del IVA en exportaciones de servicios según el numeral 1 del artículo 2 del Decreto 2223 de 2013, el contribuyente debe indicar en su RUT la actividad de exportación de servicios de forma clara y detallada. Específicamente, debe incluir en la sección de “Datos de clasificación”, la responsabilidad 10, luego, incluir la calidad de “exportador” (casilla 55 código 10,) y así, habilitar las casillas 55 a la 58, especificando el tipo, la modalidad de exportación y el servicio.

  • Las partidas del patrimonio deben convertirse utilizando las tasas de cambio vigentes en las fechas en que fueron originadas o aportadas. Los incrementos o disminuciones deben reflejarse a la tasa de cambio histórica correspondiente, lo que permite mantener el control sobre el patrimonio inicial y los cambios ocurridos en cada período.

  • La Corte Constitucional declaró la exequibilidad del artículo 150 de la Ley 2010 de 2019, en cuanto dispone un tratamiento distinto respecto de la obligación de pago del impuesto predial entre los concesionarios que administran la infraestructura portuaria y aeroportuaria. Esto debido a que es compatible con el principio de igualdad y, en consecuencia, la medida se inserta dentro del amplio margen de configuración legislativa en materia tributaria.

  • Si bien los demandantes invocan la protección de sus derechos fundamentales, lo cierto es que se limitan a controvertir las decisiones de los jueces competentes en relación con el caso particular, sin proponer al respecto una nueva discusión de verdadera índole constitucional.

  • Por el cual se reglamenta el artículo 298 de la Ley 2294 de 2023 y se dictan otras disposiciones.

  • Una sociedad extranjera con sede efectiva de administración (SEA) en Colombia, debe aplicar la tarifa general del impuesto sobre la renta y complementarios sobre sus rentas de fuente mundial. Sin perjuicio de que las rentas obtenidas por su sucursal calificada como usuario industrial de Zona Franca pueda aplicar la tarifa del 20% prevista en el artículo 240-1 del Estatuto Tributario.

  • Bajo la modalidad de importación de tráfico postal y envíos urgentes se podrá introducir al país todo tipo de bienes, entre ellos juguetes sexuales, siempre y cuando cumplan con lo establecido en los artículos 253 y 254 del Decreto 1165 de 2019.

  • El artículo 43 de la Ley 962 de 2005 no regula la presentación de una declaración de corrección en cualquier tiempo, sino que prevé que sea la DIAN la que efectúe la corrección «de oficio o a petición de parte»dentro de cualquier procedimiento de verificación del cumplimiento de obligaciones por parte de los contribuyentes.

  • La competencia de la dirección seccional respectiva corresponderá a un factor subjetivo (si el sujeto detenta o no la calidad de gran contribuyente), territorial (domicilio fiscal) y temporal (período de la obligación que se está determinando).

  • Por el cual se reglamenta el numeral 2 del artículo 132 de la Ley 270 de 1996, modificado por el artículo 68 de la Ley 2430 de 2024.

  • Por el cual se establecen criterios para conceder la licencia no remunerada prevista en el parágrafo del artículo 142 de la Ley 270 de 1996, modificado por la Ley 2430 de 2024.

  • La retención en la fuente aplica para el impuesto sobre la renta si, al ejecutar el pacto de retroventa, el comprador original recibe más de lo que pagó en la venta inicial.

  • Los empleadores que no fueron convocados a la afiliación de sus trabajadores, en virtud de la subrogación paulatina de los riesgos a cargo del ISS, no se encuentran exentos de responsabilidad de cara al sistema de pensiones, en los que, para efecto de la contabilización de las semanas cotizadas para acceder a la pensión, es precisamente el traslado del cálculo actuarial el que permite, en principio, la consolidación del derecho.

  • Las declaraciones adquirían firmeza si a los dos años del vencimiento para declarar no se había notificado requerimiento especial, por lo que se volvían inmodificables por la Autoridad Tributaria.

  • La DIAN publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por la cual se prescribe el Formulario No. 335 «Declaración del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas» para el año gravable 2025 y siguientes».

    Los comentarios serán recibidos en el link Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 19 de diciembre de 2024.

  • Para efectos de la exclusión del IVA de que trata el numeral 14 del artículo 476 del Estatuto Tributario, el servicio de alimentación escolar está dado desde el punto de vista de un proceso o esquema para la ejecución de su objeto principal. Por lo cual, dicho servicio puede comprender labores o actividades conexas al servicio excluido que deberán ser concurrentes con el objeto del contrato principal de alimentación escolar.

  • Los pagos o abonos en cuenta por concepto de transporte internacional prestados por empresas colombianas de transporte marítimo no están sometidos a retención en la fuente  a título de impuesto sobre la renta.