Derecho Comercial

  • Según la interpretación oficial contenida en el Concepto Unificado de IVA No. 00001 de 2003, respecto al alcance de la exclusión contenida en el artículo 424 del Estatuto Tributario las mercancías descritas como ‘gafas oftalmológicas’no están incluidas en este tratamiento exceptivo.

  • No es procedente la aplicación de la retención en la fuente del impuesto sobre la renta y la retención en la fuente en IVA por parte de las entidades adquirentes o pagadoras, en aquellos pagos recaudados por intermediarios mandatarios (agentes de recaudo) por adquisiciones de bienes y servicios digitales de Comercios Internacionales (entidades extranjeras no residentes en Colombia y sin Presencia Económica Significativa en el país) cuando se realizan estos pagos con tarjeta débito y/o crédito. 

  • El beneficio fiscal contemplado en el artículo 36-1 del Estatuto Tributario es aplicable a las utilidades provenientes de la negociación de ETF listados en el Mercado Global Colombiano (MGC), siempre que su subyacente esté representado en acciones.

  • Constituyendo el descuento condicionado un gasto financiero, resulta claro que respecto de este deben cumplirse los requisitos de los artículos 105 y 107 del ET, para que sea procedente su deducibilidad en el impuesto sobre la renta.

  • Tratándose de la expedición de factura venta por la prestación del servicio público de transporte, solamente aquellas empresas que presten el servicio de transporte urbano o metropolitano, se encuentran exceptuadas de la obligación formal de expedir factura de venta.

  • Las inteligencias artificiales no podrían adquirir la titularidad derivada de las prerrogativas patrimoniales.

  • La Corte declaró la inexequibilidad de la norma que le permitía al Instituto Nacional de Vías Regionales (INVIR) suscribir contratos bajo la modalidad de contratación directa con comunidades y organizaciones sociales, sin límite de cuantía.

  • Por medio de la cual se requiere la información relacionada con las operaciones de cambio sometidas al control y vigilancia de la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales canalizadas por conducto de los intermediarios del mercado cambiario y las cuentas de compensación y se deroga la Resolución No. 4083 de 1999.

  • Adición al Concepto Unificado No. 0106 del 19 de agosto de 2022 – Obligación de facturar y Sistema de Factura Electrónica.

  • Decimocuarta adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022.

  • Proceso de escrituración para compa de tierras por parte de la Agencia Nacional de Tierras – ANT.

  • El artículo 519 del ETN identifica que tipo de actos se encuentran gravados con el impuesto de timbre nacional, advirtiendo que el parágrafo 3 de esta disposición indica exclusivamente que al elevarse a escritura pública la enajenación a cualquier título de un inmueble cuyo valor sea igual o superior a veinte mil (20.000) UVT se causará el impuesto. Sin perjuicio de las excepciones señaladas en el artículo 530 del Estatuto Tributario y en el punto 3 del Oficio 002211 del 24 de febrero de 2023.

  • Los Estados Financieros anuales consolidados del Grupo Multinacional los cuales hacen parte del Informe Maestro, son un elemento esencial del soporte de las operaciones documentadas en el Informe Local que permiten verificar el resultado consolidado del grupo y la participación de Colombia en el mismo.

  • La empresa de hotelería demostró que en este caso no ocurrió la conducta que se presumía discriminatoria, en tanto la membresía del actor al gimnasio del establecimiento nunca fue cancelada y, de hecho, se encuentra activa.

  • El aporte de industria con valor determinado se considera realizado de forma sucesiva en tanto en cuanto el socio ejecuta la prestación pactada, para que una vez finalice el ejercicio, se autorice con cargo al estado de resultados, el valor correspondiente al aporte efectivamente realizado.

  • Adición al Concepto Unificado No. 0106 del 19 de agosto de 2022 – obligación de facturar y Sistemas de Factura electrónica.

  • La actora estaba obligada a cuidar y guardar reserva no solo la contraseña, sino también del usuario, la omisión de esta condición da lugar al despido con justa causa.

  • No es el consorcio o la unión temporal quien, a través de su representante, solicita limitar la convocatoria. Los proponentes plurales carecen de personería jurídica y, por tanto, los que pueden clasificarse como Mipyme son los integrantes del proponente plural.

  • Cuando se hace referencia a los ingresos brutos, no solo se está refiriendo a los producidos como resultado de las ventas, sino de toda enajenación clasificable en las cuentas de resultado. Se define el ingreso bruto, como: «incrementos patrimoniales obtenidos antes de deducir cualquier concepto de gastos.», en tanto que los ingresos netos los define como: «Importe de los ingresos brutos realizados, menos los descuentos, rebajas y las devoluciones».

  • En caso de mora del deudor, las entidades financieras en su calidad de arrendadoras pueden optar por negociar directamente con el locatario o recurrir a las instancias judiciales para la restitución de tenencia y la recuperación de las sumas a las que haya lugar por concepto del incumplimiento de las obligaciones.