Constitucional

  • Corte declaró inexequible, por incumplir el principio de unidad de materia, el artículo 280 de la Ley 2294 de 2023 que modificaba la temporalidad de la contribución nacional de valorización. De otra parte, declaró la reviviscencia del artículo 249 de la Ley 1819 de 2016.

  • La Corte declaró la inexequibilidad por consecuencia del Decreto Legislativo 180 de 2025 al constatar que dicha regulación tuvo como fundamento las materias declaradas inexequibles por la Corte Constitucional en la Sentencia C-148 de 2025, en particular, los problemas estructurales relativos a los cultivos ilícitos y las deficiencias del PNIS.

  • Por no acreditar una conexión estrecha y directa con los supuestos que se declararon exequibles en cuanto a la conmoción interior del Catatumbo, la Corte Constitucional declaró inexequibles, por consecuencia, el Decreto Legislativo 0116 de 2025 que contenía disposiciones en materia ambiental y de desarrollo sostenible.

  • Corte Constitucional declaró la inexequibilidad por consecuencia de la expresión “y las personas que se reincorporen a la vida civil” prevista en el artículo 2 del Decreto 108 de 2025, que modificó el inciso 1 del numeral 1 del artículo 19 de la Ley 387 de 1997, y los artículos 3, 4 y 7, porque excedieron los límites definidos en la sentencia C-148 de 2025 al atender problemáticas estructurales relacionadas con el acceso progresivo a la propiedad de la tierra y la informalidad en su tenencia, propias de una política pública agraria.

  • La Corte Constitucional declaró exequibles el parágrafo 4 del artículo 6 de la ley 1551 de 2012 y el inciso del artículo 95 de la ley 2166 de 2021, que habilitan a los entes del orden nacional, departamental, municipal y/o distrital a celebrar directamente convenios solidarios con Juntas de Acción Comunal y/o organismos de acción comunal para ejecutar obras hasta por la mínima o la menor cuantía, a través de la contratación con los habitantes de la comunidad.

  • Por medio de la cual se adiciona y modifica la Ley 2412 de 2024, se rinde honores a las sufragistas por promover los derechos políticos de las mujeres en Colombia y se dictan otras disposiciones. 

  • Garantías para la prevención, protección y atención del acoso sexual en el ámbito laboral del sector privado – aplicación de la Ley 2365 de 2024.

  • La Corte Constitucional, por unanimidad de los integrantes de su Sala Plena, ordenó devolver a la presidencia de la Cámara de Representantes la Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común, y se dictan otras disposiciones”,para que se subsane el vicio de procedimiento identificado.

  • Por el cual se deroga el Decreto número 639 de 2025. 

  • Por medio del cual se modifica parcialmente normas laborales y se adopta una reforma laboral para el trabajo decente y digno en Colombia.

  • Excluir de los procesos de selección laboral a las mujeres en estado de gestación, sin que se adviertan razones objetivas relacionadas con la aptitud de la aspirante para desarrollar el cargo, implica la transgresión de los derechos fundamentales a la igualdad y a la dignidad humana.

  • Se SUSPENDE PROVISIONALMENTE los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025 «por el cual se convoca a una consulta popular nacional y se dictan otras disposiciones»

  • En función de esta decisión, los prestadores de servicios de internet podrán hacer ofertas que permitan a cada usuario, de forma libre y sin interferencias, elegir cuáles son los contenidos, plataformas, aplicaciones y clases de aplicaciones que desean consultar.

  • Corte declaró inexequible la expresión según la cual la distribución de las partidas del presupuesto participativo que les corresponde a las Juntas Administradoras Locales requiere la aprobación de la mitad más uno de los integrantes de los Consejos Consultivos Comunales o Corregimentales, pues ello vulnera el artículo 318.4 de la Constitución Política.

  • La mujer que esté lactando dentro de los dos años siguientes al nacimiento del bebé tiene derecho a la estabilidad laboral reforzada.

  •  Por el cual se convoca a una consulta popular nacional y se dictan otras disposiciones.

  • Corte declaró inexequible la expresión «prevista en el artículo anterior», contenida en el inciso segundo del artículo 153 del Código Penal, por considerar que vulnera el principio de estricta legalidad.

  • Corte declaró inexequible norma dictada en uso de facultades extraordinarias por violar el principio constitucional del mérito como eje axial de la Constitución, así como los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y al acceso a cargos públicos, dado que establecía un privilegio desproporcionado en favor de los nombramientos en encargo o provisionalidad de la DIAN, en detrimento de los ganadores del concurso de méritos. 

  • Corte Constitucional declaró inexequible la prohibición establecida en el numeral primero del artículo 409 de la Ley 906 de 2004, según la cual las personas con enfermedades o trastornos mentales no pueden ser peritos o peritas en el proceso penal.

  • Corte estudió un cargo por violación al principio de unidad de materia y declaró exequible el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 que faculta a los concejos de las ciudades capitales para adoptar, bajo ciertas condiciones, las normas que rigen para Bogotá en materia de impuestos predial unificado e industria y comercio.