Contratación Estatal

  • Por la cual se diseña y organizan los Sistemas Dinámicos de Adquisición. 

  • Por medio del cual se modifica parcialmente normas laborales y se adopta una reforma laboral para el trabajo decente y digno en Colombia.

  • Consejo de Estado reconoce relación laboral oculta en contrato de prestación de servicios y ordena pago de prestaciones sociales.

  • El término supletivo de cuatro meses establecido en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 aplica cuando no se estipula un plazo para la liquidación bilateral del contrato y que la solicitud de conciliación prejudicial presentada por una entidad pública, aunque no sea obligatoria, suspende el término de caducidad.

  • Si se presentan modificaciones sobre las obligaciones pactadas que resultan en un mayor valor de la cuantía, el impuesto de timbre se causará si el valor de las obligaciones inicialmente establecidas, adicionadas al mayor valor proveniente de la modificación de la cuantía, supera las seis mil (6.000) UVT.

  • En los procesos para la selección de contratistas adelantados con documentos tipo, es obligatorio realizar los estudios previos y del sector con fundamento en los 2.2.1.1.2.1.1 y 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 del 2015. Lo anterior, teniendo en cuenta que –pese a la estandarización de las condiciones en estos procesos de selección– la entidad estatal no se encuentra relevada del deber de elaborarlos.

  • Ejercicio rol de contador en dos entidades relacionadas. 

  • Por medio de la cual se modifica y adiciona un parágrafo al Decreto Ley 262 de 2000 con el fin de adicionar financiación a los concursos públicos en la Procuraduría General de la Nación, y se dictan otras disposiciones.

  • Corte declaró inexequible norma dictada en uso de facultades extraordinarias por violar el principio constitucional del mérito como eje axial de la Constitución, así como los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y al acceso a cargos públicos, dado que establecía un privilegio desproporcionado en favor de los nombramientos en encargo o provisionalidad de la DIAN, en detrimento de los ganadores del concurso de méritos. 

  • La exigencia de muestras debe estar claramente establecida en el pliego de condiciones y debe constituir un requisito habilitante que permita a la entidad verificar la calidad de los productos ofrecidos.

  • Las compañías aseguradoras que participen en procesos de contratación estatal, mediante la integración de consorcios y uniones temporales, deben asegurarse de contar con la capacidad jurídica que les permita asumir las obligaciones propias de la propuesta o contrato celebrado, incluida la de operar un determinado ramo de seguros, dado que la responsabilidad de los miembros de tales esquemas asociativos es solidaria.

  • La enajenación de bienes del Estado, con excepción de aquellos a que se refiere la Ley 226 de 1995, se realiza a través de la modalidad de selección abreviada, para lo cual se podrán utilizar instrumentos de subasta y en general de todos aquellos mecanismos autorizados por el derecho privado, siempre y cuando en desarrollo del proceso de enajenación se garantice la transparencia, la eficiencia y la selección objetiva.

  • Corte declaró la exequibilidad condicionada de las expresiones 'todas' y 'organismos autónomos' del parágrafo 5 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, relativas a la obligatoriedad de utilizar Acuerdos Marco de Precios en contratación pública, en el entendido de que esta aplica únicamente a entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y que, en el caso de las entidades destinatarias incluidas en la norma, el reglamento que module dicha obligatoriedad deberá respetar los límites que impone su autonomía constitucional, en particular sus funciones esenciales y competencias propias.

  • Se busca modificar la ley 80 de 1993 que expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

  • La aplicación de los criterios diferenciales a favor de los emprendimientos y empresas de mujeres no se extiende frente a aquellas personas jurídicas cuyos accionistas sean otras personas jurídicas.

  • Si el proponente se presenta bajo una figura plural en la que sus dos integrantes corresponden a personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio o sucursal en Colombia, se deberá remitir el RUP de cada uno de los integrantes para que la Entidad realice el respectivo cálculo conforme con la Metodología para el cálculo de indicadores de proponentes plurales definida.

  • El cargo desempeñado por el demandante no le permite acceder a las horas extras, pues el exceso en el tiempo de trabajo solo le otorga el derecho a los respectivos días de descanso compensado. 

  • La obligación de aplicar documentos tipo, y en general, las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública se extienden no solamente a la celebración del contrato o convenio propiamente dicho, sino también a los compromisos contractuales derivados, según lo expresamente consagrado en el segundo inciso del artículo 56 de la ley 2195 de 2022.

  • Corte resolvió declarar inexequibles normas que regulaban un régimen laboral especial para los cargos públicos del Instituto Nacional de Cancerología. Dicho régimen establecía la incorporación automática de empleados de carrera a través de contratos de trabajo, atribuía al consejo directivo la función de fijar las condiciones de dichos contratos, así como de establecer el procedimiento de mérito, reconocimiento de estímulos y asignaciones variables por productividad. Así mismo, se fijaban reglas sobre el retiro del cargo, entre otras disposiciones.

  • La norma ordena la consignación del valor de las cesantías correspondientes a 31 de diciembre de cada año, antes del 14 de febrero del año siguiente; si, a esta fecha, solo se efectúa un pago parcial, no se está atendiendo el plazo legal, pues es bien sabido que el pago parcial no extingue la obligación.