Contabilidad

  • En el marco de la revisión de los decretos legislativos de desarrollo de la conmoción interior en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar, la Corte Constitucional declaró la exequibilidad parcial de un incentivo tributario para los operadores turísticos que brinden alojamiento gratuito a las víctimas de desplazamiento forzado.

  • Por el cual se reglamentan los artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del Estatuto Tributario y se sustituye el artículo 1.2.1.7.5. del Capítulo 7, los artículos 1.2.1.12.6. y 1.21.12.7. del Capítulo 12, y elartículo 1.2.1.17.19. del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, sobre el interés presunto y el componente inflacionario.

  • El impuesto al carbono se causa en la primera venta de este producto al consumidor final, en la fecha de emisión de la factura.

  • Corte declaró inexequible, por incumplir el principio de unidad de materia, el artículo 280 de la Ley 2294 de 2023 que modificaba la temporalidad de la contribución nacional de valorización. De otra parte, declaró la reviviscencia del artículo 249 de la Ley 1819 de 2016.

  • Para efectos fiscales, la vida útil de las mejoras en propiedad ajena en proyectos mineros se debe soportar entre otros, por medio de estudios técnicos, manuales de uso e informes, o documentos probatorios elaborados por un experto en la materia, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 2 del parágrafo 2 del artículo 137 del Estatuto Tributario dado que la referida norma no establece excepciones para su aplicación.

  • El régimen de precios de transferencia está diseñado para que las transacciones realizadas por el contribuyente con vinculados económicos cumplan el principio de plena competencia y, para ello, el artículo 260-2 del Estatuto Tributario establece que, bajo tal principio, una operación entre vinculados debe cumplir con las condiciones que se hubieren utilizado en operaciones comparables con o entre partes independientes.

  • Es posible celebrar un contrato de leaseback o retroarriendo sobre maquinaria previamente importada al amparo del literal g) del artículo 428 del Estatuto tributario. La cesión que se realiza en este caso cumple con los requisitos que contempla la referida disposición para su procedencia, es decir, que se celebre con una compañía de leasing y que la finalidad sea la de obtener financiación.

  • Cuando la enajenación de un bien hace parte del giro ordinario de los negocios del contribuyente, la utilidad que percibe por su venta se debe tratar como renta ordinaria del ejercicio sin consideración al tiempo de posesión del bien.

  • El contribuyente será el responsable en aplicación del régimen de precios de transferencia de determinar que la operación cumpla con el principio de plena competencia, aplicando los criterios de comparabilidad acordes con la operación y seleccionando el método más apropiado en cada caso concreto y el indicador que más se ajuste a la operación analizada.

  • La declaratoria de la excepción de interposición de demanda del numeral 5 del artículo 831 del Estatuto Tributario procede aunque la demostración sobre la presentación de la demanda se haya acreditado en sede judicial y no en la actuación administrativa.

  • Adición al Concepto Unificado No. 0106 del 19 de agosto de 2022 - Obligación de facturar y Sistema de Factura Electrónica.

  • Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, adicionado por la Resolución 000108 del 14 de julio de 2023 y modificado por la Resolución 000006 del 24 de enero de 2025.

  • Para practicar la retención en la fuente por concepto de rentas de trabajo que no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria se debe aplicar la metodología de pagos mensualizados, con independencia de la periodicidad pactada en el contrato y de la periodicidad con la que se realicen efectivamente los pagos o abonos en cuenta.

  • Se configura la evasión tributaria cuando la sociedad de comercialización internacional expide el certificado al proveedor pero no materializa las exportaciones que estaban a su cargo por las ventas exentas realizadas por el contribuyente del impuesto sobre las ventas.

  • ¿Se encuentra gravado con el impuesto sobre las ventas-IVA el servicio de transbordo?

  • En el caso del impuesto nacional al consumo, tratándose de las importaciones de bienes, encontramos que el artículo 512-1 del Estatuto Tributario dispone como hecho generador la importación por parte del consumidor final y que su causación se presenta en el momento del desaduanamiento del bien por el consumidor final.

  • La transferencia de bienes inmuebles a título de pago de dividendos en especie elevada a escritura pública se encuentra sujeta al impuesto de timbre nacional siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos en el parágrafo 3 del artículo 519 del Estatuto Tributario.

  • La extinción de la obligación tributaria por pago o compensación de las sumas adeudadas, junto con sus correspondientes intereses, es la única eximente de responsabilidad penal por el delito de omisión de agente retenedor o recaudador.

  • Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, el contenido y las características de la información que deben suministrar a la Dirección de Impuestos de Bogotá.

  • El Ministerio TIC publicó en su página web el Proyecto de Decreto Reglamentario : «Por el cual se subroga el Título 16 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para reglamentar los numerales 6 y 20 del artículo 476 del Estatuto Tributario». 

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