Tributario

  • Aplicación del método PC a partir de avalúos comerciales. 

  • Las personas jurídicas y asimiladas, las personas naturales y jurídicas pertenecientes al régimen simple de tributación, que no con cumplen con los topes de ingresos señalados en el artículo 1 de la Resolución 000162 de 2023, se encuentran en la obligación de entregar información tributaria cuando tienen la calidad de agente de retención en la fuente de acuerdo con lo señalado en el numeral 6 del artículo en mención.

  • Los embarques fraccionados de hidrocarburos o carbón de las partidas arancelarias 27.01 y 27.09, que se realicen al amparo de una autorización global presentada y aceptada con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto Legislativo 0175 de 2025, se encuentran gravados con el Impuesto Especial para el Catatumbo.

  • Entre el procedimiento sancionatorio y el de determinación existe un vínculo jurídico, pues el monto a reintegrar con los intereses moratorios incrementados depende del saldo a favor que determine la autoridad fiscal o la jurisdicción mediante sentencia, conforme con lo previsto en el parágrafo 2 del artículo 670 del Estatuto Tributario.

  • La Policía Fiscal y Aduanera y las Divisiones de Control Operativo que operan en las Direcciones Seccionales del país, no pueden aprehender mercancías en zona primaria. Con autorización previa del Director General de la DIAN, la Policía Fiscal y Aduanera apoyará en zona primaria a los funcionarios de la entidad, quienes estos últimos, ejercerán de manera exclusiva y directa el control aduanero, y por tanto, aprehenderán mercancías, cuando haya lugar a tomar dicha medida cautelar.

  • Por el cual se aprueba la apertura de la convocatoria para la calificación de proyectos que aplican a los Ingresos No Constitutivos de Renta y/o Ganancia Ocasional año 2024, establecidos en el artículo 57-2 del Estatuto Tributario.

  • Es posible corregir la declaración anual de activos en el exterior en que por error involuntario se incluye en la casilla de la sanción de extemporaneidad, el mismo valor de los bienes reportados como activos en el exterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 962 de 2005, siempre que la declaración haya sido presentada oportunamente.

  • La persona jurídica propiedad horizontal (PJPH) no es contribuyente/responsable de IVA en relación con las actividades propias de su objeto social. Concretamente, si la PJPH residencial llegare a realizar actividades comerciales y/o de prestación de servicios, diferentes a las actividades propias de su objeto social, se configurarían los hechos generadores previstos en el artículo 420 del E.T. y, por ende, aplicaría la regla general de causación de IVA y procedería su cobro.

  • La pérdida de la calificación de gran contribuyente que tenga un sujeto no desplaza la competencia de la Dirección Seccional de Grandes Contribuyentes para fiscalizar los períodos de obligaciones en los cuales detentó tal calidad.

  •  Modificación en las tarifas de autorretención y en bases mínimas para practicar retención en la fuente.

  • Notificación de los actos administrativos en los procesos de fiscalización adelantados por la Administración Tributaria cuando se vinculan responsables solidarios y subsidiarios.

  • La importadora, al aceptar que conoció el contenido de la liquidación oficial de revisión el 29 de enero de 2021, se notificó por conducta concluyente, lo que le imponía el deber de ejercer el recurso de reconsideración, que es obligatorio para acudir ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, sin que la interposición por un tercero sirva para acreditar el cumplimiento del requisito previo para demandar.

  •  Por el cual se reglamenta el Certificado de Reembolso Tributario -CERT.  

  • Por la cual se precisa los requerimientos, el procedimiento y las condiciones para la cancelación de oficio de la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) por inactividad tributaria.

  • Por la cual se implementa y desarrolla la «Estrategia territorios».

  • La venta de bienes en canales de comercio electrónico se perfecciona en el momento en que se realiza la venta del bien o la prestación del servicio en el comercio electrónico. En consecuencia, la factura electrónica de venta debe expedirse al momento de la operación.

  • El interventor designado por una autoridad territorial solo puede ser responsable, de manera subsidiaria, por las obligaciones tributarias generadas con posterioridad a su toma de posesión, y exclusivamente por el incumplimiento de los deberes formales que le sean atribuibles como administrador del intervenido.

  • Al desplegar las actuaciones de gestión administrativa tributaria la UGPP tiene la potestad para interpretar y aplicar las disposiciones laborales con miras a establecer los pagos que hacen base para los aportes al SPS.

  • El CDI entre Colombia y Uruguay fue firmado el 19 de noviembre de 2021, Uruguay ratificó el convenio mediante la Ley N 20.367 el 23 de septiembre de 2024, sin embargo, hasta la fecha de expedición de este concepto, en Colombia no se ha aprobado este CDI a través de una ley expedida por el Congreso de la República, por lo tanto, no ha completado su proceso de ratificación.

  • En el Distrito Capital la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles propios se encuentra gravada con el impuesto de industria y comercio como una actividad de servicio, independiente de la persona natural, jurídica o sociedad de hecho que la realice, con excepción de que dicha actividad se realice por parte de una Fundación Sin Ánimo de Lucro, en razón a que esta actividad no se adecúa a la descripción normativa como actividad comercial.