Procesal

  • Aunque la protección frente a los riesgos en el trabajo persigue una finalidad constitucional importante, la manera en la que esta se concretó afectó intensamente otros derechos y libertades. En efecto, la realización de este tipo de actividades no debe poner en riesgo el ejercicio de otras libertades y derechos fundamentales en el trabajo, por ello la utilización de música, pese a manifestaciones serias de las personas de que las mismas atentan contra sus creencias, no puede ser validada en sede constitucional y menos utilizada como mecanismo para justificar un despido.

  • La solicitud para corregir errores en la imputación de saldos a favor o de anticipos de impuestos de un periodo de declaración al siguiente, realizada con sustento en el artículo 43 de la Ley 962 de 2005, no está sometida al límite del término de firmeza de las declaraciones tributarias ni a los términos de oportunidad para las correcciones de los artículos 588 y 589 del ET.

  • La Corte Constitucional decreta la suspensión de los efectos de la decisión proferida por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado que resolvió el conflicto de competencias entre el Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, únicamente en lo referente al Presidente de la República Gustavo Francisco Petro Urrego y, en consecuencia, de las actuaciones administrativas que se encuentran en curso ante el Consejo Nacional Electoral contra el citado funcionario.

  • El requerimiento para declarar y/o corregir, como acto previo y obligatorio en el procedimiento de determinación oficial, es el acto administrativo que tiene la facultad de impedir la caducidad de la potestad fiscalizadora y sancionatoria de la UGPP, y no el requerimiento de información.

  • Se observa que la multa debatida responde a la aplicación de las disposiciones sancionatorias contenidas en el artículo 651 del ET, que están amparadas en el principio de legalidad que gobierna el ejercicio del poder punitivo del Estado.

  • Si la empresa prestadora no actúa como un genuino empresario en la ejecución del contrato comercial base, bien sea porque carece de una estructura productiva propia y/o porque los trabajadores no están bajo su subordinación, no se estará ante un contratista independiente sino frente a un simple intermediario que sirve para suministrar mano de obra a la empresa principal.

  • El municipio profirió las liquidaciones informativas del impuesto de alumbrado público, sin que mediara un acto previo en el que se explicara el fundamento y la forma en que se determinaba la obligación tributaria a cargo de la empresa por cada periodo gravable.

  • Reconocimiento del derecho de sustitución pensional a compañera permanente.

  • Para que opere la compensación regulada en el segundo inciso del artículo 580-1 del ET, el agente retenedor debe solicitar a la DIAN la compensación del saldo a favor.

  • El cargo desempeñado por el demandante no le permite acceder a las horas extras, pues el exceso en el tiempo de trabajo solo le otorga el derecho a los respectivos días de descanso compensado. 

  • En la carta de renuncia el trabajador no invocó los motivos en los que ahora funda su reclamo, toda vez, que en aquella oportunidad jamás dijo que renunciaba por ausencia del incremento anual, ni hizo observación alguna sobre los derechos convencionales, por eso se infiere que la argumentación que ahora propone, es intento tardío (40 años después) de complementar la carta de renuncia, para de esa manera fundar el despido imputable a la empresa y abrir camino a la pensión.

  • El IBC sobre el cual se debían realizar los aportes a seguridad social era el límite máximo prescrito por la ley, independientemente de los días laborados por el empleado, razón por la cual el cálculo proporcional que alega la recurrente resulta improcedente.

  • El término para acudir a notificarse personalmente se debe computar desde el día hábil siguiente a la introducción al correo del aviso citatorio.

  • Etapas del proceso administrativo sancionador en materia de tránsito.

  • Para los períodos fiscalizados -enero a diciembre de 2015- el ordenamiento jurídico sí establecía la base gravable sobre la cual los trabajadores independientes debían cumplir con la obligación de aportar al SSSI; y la declaratoria de inexequibilidad del artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 no conduce a la nulidad de los actos demandados, sin que se evidencie la aplicación retroactiva de dicha norma.

  • Por la cual se expide el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. 

  • Vencidos los términos señalados en el artículo 237 del Decreto 1165 de 2019 para modificar la declaración de importación inicial, procederá la aprehensión y decomiso de la mercancía.

  • El Hospital incurrió en una falla al omitir la toma de glucometría y realizar una evaluación clínica insuficiente, pese al antecedente de diabetes de la paciente. Estas deficiencias impidieron un diagnóstico adecuado y la identificación de la gravedad del cuadro, lo que derivó en un alta médica sin el manejo oportuno, omisión que se relacionaba causalmente con el deterioro posterior y el fallecimiento de la paciente.

  • La norma ordena la consignación del valor de las cesantías correspondientes a 31 de diciembre de cada año, antes del 14 de febrero del año siguiente; si, a esta fecha, solo se efectúa un pago parcial, no se está atendiendo el plazo legal, pues es bien sabido que el pago parcial no extingue la obligación.

  • Dado que la prestación de jubilación convencional reconocida es de carácter compartida con la legal de vejez que se le otorgue la empresa accionada solo estaría obligada a pagar el mayor valor generado entre una y otra.