Cuando en el diligenciamiento de la declaración de retención en la fuente se hace referencia a las bases y las retenciones en la fuente practicadas por concepto de pagos o abonos en cuenta se debe entender que el reporte obedece a los pagos o abonos en cuenta que constituyen las bases sobre las cuales se practicó efectivamente la retención en la fuente, sin extenderse a los pagos o bonos en cuenta realizados durante el mes que no estuvieron sujetos a retención.

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