En aquellos casos en que una actuación o documento sometido al impuesto de timbre intervenga una persona o entidad exenta y personas no exentas estas últimas deberán pagar la mitad del impuesto de timbre, cuya tarifa está al 1%.
En aquellos casos en que una actuación o documento sometido al impuesto de timbre intervenga una persona o entidad exenta y personas no exentas estas últimas deberán pagar la mitad del impuesto de timbre, cuya tarifa está al 1%.