La Sala establece como contenido interpretativo para este caso que: (i) los presupuestos de exclusión del IVA previsto en los ordinales 3 y 8 del artículo 476 del ET exigen una aplicación objetiva, lo que impone demostrar que los servicios tienen una efectiva y directa vinculación con las prestaciones del POS y no con gestiones administrativas del contratante, no siendo suficiente por sí solo que los servicios sean remunerados con cargo a recursos de la UPC.
Le corresponde a la Sala resolver si el Tribunal se equivocó en la interpretación que realizó del artículo 47 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 13 de la Ley 797 de 2003 y, como consecuencia de ello, negó el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes respecto de quien cumplió con el término mínimo de convivencia exigido en la ley y concilió la cesación de efectos civiles del matrimonio, con causa a la violencia intrafamiliar.
Renta. 2016. Costos de ventas. Operaciones simuladas.
La Sala reitera que, si bien la factura es el documento soporte exigido para la procedencia fiscal de los costos, no le impide a la autoridad tributaria investigar sobre la existencia y veracidad de la operación documentada, caso en el cual el obligado tendrá la carga de desplegar la actividad probatoria necesaria para demostrar la realidad y características de la transacción.
ICA (4 bimestre de 2017). Derechos fiduciarios. Activos fijos.
Los ingresos provenientes de la venta de derechos fiduciarios que tenían la calidad de activo fijo no hacen parte de la base gravable del ICA, como lo establece el artículo 42 del Decreto 352 de 2002.
Daño causado por medida cautelar dictada en un procedimiento administrativo. La DIAN suspendió provisionalmente la calidad de agencia aduanera de la sociedad demandante y finalmente la absolvió de responsabilidad. Se revoca la decisión de negar las pretensiones y, en su lugar, se condena a la DIAN a reparar el daño antijurídico ocasionado con la medida cautelar.
Sanción por no declarar. Autorretención del CREE 2015. Reiteración jurisprudencial.
Para la Sala, con prescindencia del sistema de retención previsto por el legislador para anticipar el recaudo del impuesto, la conducta relativa a la omisión de la declaración de las retenciones autoliquidadas por CREE, encuentra su adecuación típica en el artículo 643.3 del ET. En ese orden, no se advierte el desconocimiento de los principios de legalidad, reserva de ley y tipicidad que propugna la apelante, ni menos aún que el tribunal se hubiera arrogado funciones legislativas.
Impuesto sobre la renta. Año gravable 2015. Adición de ingresos. Presunción por diferencia de inventarios.
El alto tribunal declaró la nulidad de los actos administrativos de la DIAN y levantó la sanción por inexactitud, garantizando la firmeza de la declaración de renta del contribuyente.
SUSPENDER provisionalmente los efectos del siguiente aparte del numeral II del Concepto 100208192-87 de 14 de febrero de 2024.
Corte Constitucional declaró la inexequibilidad diferida del artículo 68 de la Ley 2277 de 2022, que había dado facultades extraordinarias para expedir un nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia de aduanas, así como el procedimiento aplicable. De igual forma declaró la inconstitucionalidad, por consecuencia, del Decreto Ley 920 de 2023, expedido en desarrollo de dichas facultades y dio plazo al Congreso, hasta la legislatura que termina en el año 2026 para expedir una nueva ley.
Corte declaró que todas las personas en etapa de lactancia pueden utilizar los espacios públicos y privados y los permisos laborales previstos para tal fin, sin discriminación por su identidad de género.
Corte declara exequible clasificación de algunos cargos de la Contraloría General de la República como de libre nombramiento y remoción.